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6 Preguntas sobre Pensión Mínima para entender qué es y cómo funciona

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Entre los varios beneficios que otorga el sistema de pensiones, seguramente has escuchado hablar de la pensión mínima, y si no… aquí, en 6 preguntas, te contamos lo mínimo que deberías saber al respecto.

1) ¿Qué o cuál es la pensión mínima?

En la Ley que regula el sistema de pensiones se establece que debe existir un valor mínimo mensual que puede recibir un pensionado. A eso se le denomina “pensión mínima”. Para entenderlo mejor, la pensión mínima es parecida al “salario mínimo” que la normativa laboral define como lo menos que un trabajador puede devengar cuando se le contrata para realizar un trabajo. Entonces, en el caso del sistema de pensiones, la pensión mínima es ese piso o valor mínimo que puede recibir un pensionado como beneficio; y que, de acuerdo con la Ley, es una cifra que debe ser revisada cada tres años.

Por el momento, la pensión mínima vigente en El Salvador es de $304.17, y se aplica tanto a los a los pensionados del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP) como a los del Sistema Público de Pensiones (SPP).

2) ¿Quiénes reciben pensión mínima? ¿Hay más de una?

Cualquier pensionado puede ser sujeto a recibir una pensión mínima; y hay más de una porque, precisamente, depende del tipo de beneficio que reciba. Existe la pensión mínima para los casos de vejez (al alcanzar la edad legal de retiro) y otra que es aplicable para los casos de pensión por invalidez (total, cuando el afiliado tiene una incapacidad superior al 66%; o parcial, cuando la incapacidad para trabajar no supera el 66%).

3) ¿Quién paga la pensión mínima?

La pensión mínima puede ser pagada con recursos de la cuenta individual de los afiliados, en los casos de aquellos que todavía tienen recursos propios en su cuenta de ahorros individual; y con recursos de la Cuenta de Garantía Solidaria (CGS) cuando los afiliados ya agotaron sus recursos propios.

4) ¿Por cuánto tiempo se paga la pensión mínima?

Desde la reforma de 2017, la CGS garantiza a los afiliados la continuidad en el pago de sus pensiones de forma vitalicia, aunque se agoten sus ahorros personales.

5) ¿Cómo saber si lo que recibes es pensión mínima o solo es una pensión baja?

No hay pensiones más bajas que la pensión mínima (por eso es la mínima); sin embargo, es necesario aclarar las diferencias según el beneficio y quien lo recibe.

Según el Art. 225 de la Ley, la pensión mínima de vejez y la pensión mínima de invalidez total asciende a la pensión mínima vigente (es decir, a $304.17), mientras que la pensión mínima de invalidez parcial es equivalente al 70 % de la misma (el 70 % de $304.17, o sea, $212.9)

Las pensiones mínimas de invalidez se convertirán en pensiones mínimas de vejez, a la fecha en que el pensionado inválido cumpla la edad legal de pensión de vejez.

En el caso de las pensiones por sobrevivencia, el monto de la pensión mínima por vejez ($304.17) se distribuye entre los distintos beneficiarios de pensión por sobrevivencia, de ahí que el monto que recibe cada persona sea menor a la mínima y varíe dependiendo del número de personas que conforman el grupo de beneficiarios de cada caso.

6) ¿Por qué los que tienen pensión mínima por vejez o invalidez pueden no recibir exactamente los $304? ¿Se le hacen deducciones a la pensión?

De acuerdo con la ley, todos los pensionados deben recibir cobertura de salud del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) y para ello deben cotizar el equivalente al 7.80% de su pensión mensual. Por eso a la pensión mínima se le descuenta esta cuota del ISSS.

Asimismo, para garantizar que tendrá recursos para pagarles su pensión de forma vitalicia, los pensionados también cotizan a la Cuenta de Garantía Solidaria (CGS) un porcentaje de su pensión mensual dependiendo del monto que reciban. Esta cotización especial varía entre 3 y 10 %, según el monto de su pensión, pero, en cualquier caso, la ley dice que el aporte puede ser inferior de tal manera que se garantice que el monto de la pensión mensual descontada la cotización, no sea inferior a la pensión mínima vigente.

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