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Pensión por vejez vs. Devolución de saldo

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Como sabes, ahorrar para la pensión es una de las mejores maneras de cuidar de ti mismo. Pensar en tu futuro siendo joven, te facilitará la vida cuando llegues a la vejez.

Si te preguntas si el dinero que ahorras en tu AFP solo es para las pensiones, la respuesta es sí. El dinero de la cuenta individual de ahorro tiene como fin exclusivo el pago de tus pensiones o las de tus beneficiarios, en caso que fallezcas.

Una cuenta de ahorro para pensiones es similar a cualquier cuenta de ahorro que pudieras abrir en una institución financiera, pero lo que la hace especial es que esta tiene un objetivo específico: financiar tu pensión o, en caso de faltar, las pensiones a las que tenga derecho tu grupo de beneficiarios.

¿De quién es el ahorro?

Como el Sistema de Pensiones se fundamenta en que cada trabajador es propietario exclusivo del ahorro que va acumulando para financiar su pensión, las cotizaciones que realizas cada mes como trabajador más el aporte que le corresponde realizar a tu empleador, más la rentabilidad que genera la inversión de tu dinero, se acumulan en una cuenta de ahorro a tu nombre, que es única y exclusivamente tuya.

¿Cuándo verás los frutos de tu ahorro?

El ahorro previsional está pensado para disfrutarlo a largo plazo. Su fin exclusivo es financiarte una pensión a ti mismo en el futuro. Ahorras cuando tienes trabajo y gozas de este esfuerzo cuando envejeces y te retiras del mercado laboral. En caso de que fallezcas, tu ahorro sirve pagar una pensión de sobrevivencia a tu grupo familiar.

En El Salvador, la edad legal de retiro es de 55 años para las mujeres y de 60 para los hombres. Al alcanzar esa edad estás facultado para recibir un beneficio por vejez del sistema previsional. Aunque, si quieres y tienes la oportunidad de hacerlo, puedes continuar trabajando después de esa edad ya que no hay ningún impedimento legal para ello.

La pregunta del millón: ¿Qué beneficio te corresponderá recibir cuando llegues a la edad de jubilación?

El beneficio que recibirás lo determinará el tiempo de cotización que registres hasta el momento en que decidas retirarte; esto puede ser cuando cumplas la edad de jubilación o un tiempo después si decidiste continuar trabajando después de los 55 (mujeres) o 60 años (hombres). Es importante que recuerdes que el requisito del tiempo de cotización incluye todos los años que hayas aportado tanto a una AFP como al ISSS o INPEP, en caso de haberte empleado antes de 1998.

 

Pensión y devolución de saldo son maneras de recibir tu ahorro, pero no son sinónimos.


¿Cuándo recibirías pensión?

Si al alcanzar la edad de jubilación tienes acumulados al menos 25 años de cotizaciones continuas o discontinuas, te corresponderá recibir una pensión por vejez. Este beneficio será estable y de por vida. Mientras recibas pensión por vejez tendrás cobertura de salud del ISSS y en caso de que fallezcas, tu grupo de beneficiarios podrá recibir una pensión por sobrevivencia.

¿En qué caso tendrías derecho a devolución de saldo?

Si cuando decidas jubilarte no cumples con el requisito del tiempo de cotización mínimo, como el dinero ahorrado es tuyo, tienes derecho a que se te devuelva por completo. A este beneficio se le denomina Devolución de Saldo e incluye todo lo que hayas acumulado en tu cuenta: todos tus aportes, los de tu empleador, y las ganancias obtenidas por la inversión de tus ahorros. Además, si realizaste cotizaciones en el ISSS o INPEP antes de afiliarte a una AFP, también se te devolverá tu Certificado de Traspaso. También se te devolverán los aportes a la Cuenta de Garantía Solidaria.

En el caso de tener derecho a devolución de saldo, si tu tiempo de cotización es entre 10 y menos de 25 años, tienes la posibilidad de elegir entre la devolución (que no tiene cobertura de salud a menos que decidas cotizar voluntariamente) o uno de otros dos beneficios con los que gozarías de cobertura del régimen de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) ya sea de manera temporal (Beneficio Económico Temporal, BET) o vitalicia (si optas por un Beneficio Económico Permanente, BEP).

Ojo, ni la devolución de saldo ni el Beneficio Económico Temporal ni el Beneficio Económico Permanente generan pensión por sobrevivencia a tu grupo de beneficiarios en caso de que fallezcas.

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