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Salvadoreños en el exterior pueden afiliarse y cotizar para su pensión

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A partir de su entrada en vigor, la Ley Integral del Sistema de Pensiones (LISP) habilitó a los salvadoreños no residentes en el país a poder afiliarse al Sistema de Pensiones y cotizar en una cuenta de ahorro individual para acceder a un beneficio por vejez o construir su propio ahorro previsional voluntario.

Los salvadoreños en el exterior pueden afiliarse al Sistema en las mismas condiciones que lo hacen los trabajadores independientes que están domiciliados en el país.

¿Cómo? El interesado escoge una AFP y llena una solicitud y el contrato de afiliación.

¿Tiene que venir al país para afiliarse? No necesariamente. El proceso puede ser realizado personalmente o a través de un apoderado o representante legal, yendo a una agencia de la AFP que elija o a través de los medios electrónicos que ésta haya puesto a disposición para el trámite.

¿Para qué afiliarse? Según la ley, los salvadoreños no residentes pueden cotizar en una Cuenta Individual de Ahorro para Pensiones (CIAP) para acceder a un beneficio por vejez. Es decir, para que cuando lleguen a la edad de jubilación, según los años cotizados que registren, puedan solicitar una Pensión por Vejez, un Beneficio Económico Temporal (BET), un Beneficio Económico Permanente (BEP) o la Devolución de Saldo.

Además, con su cuenta individual, y si así lo desean, los compatriotas tienen posibilidad de formar parte de los Fondos de Ahorro Previsional Voluntario, con las condiciones y beneficios que éstos les ofrecen.

¿Cuánto tienen que cotizar? Como lo mencionamos anteriormente, los salvadoreños en el exterior cotizarán en las mismas condiciones que los trabajadores independientes; es decir, son responsables de cotizar todo el 16% del ingreso mensual que declaren, que, como mínimo, debe equivaler al salario mínimo legal mensual en vigencia.

Para que puedan enterar las cotizaciones correspondientes, las AFP pondrán a disposición de los afiliados en el exterior los bancos del sistema financiero legalmente constituido en El Salvador, así como sus sucursales en el extranjero, que están autorizados.

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Si te interesa conocer más detalles sobre la incorporación de salvadoreños no residentes al Sistema de Pensiones, puedes consultar el Capítulo III de las Normas Técnicas para la Afiliación al Sistema de Pensiones (NSP-57) y la LISP en nuestra sección Marco Normativo.

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