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- ¿Qué es el Sistema de Pensiones?
El Sistema de Pensiones es el mecanismo con el que los trabajadores se aseguran de contar con un ingreso durante su edad adulta mayor o ante los riesgos de invalidez o fallecimiento. De acuerdo con la Ley Integral del Sistema de Pensiones (LISP), el Sistema contempla todas las normas y medidas que deben ser consideradas para la realización de cotizaciones por parte de los trabajadores y empleadores, la administración de sus cuentas individuales donde se registran los aportes, la inversión de estos recursos con el objeto de generar rentabilidad, y la administración y pago de las prestaciones que deben reconocerse a los afiliados y sus beneficiarios.
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- ¿Cómo funciona?
En el Sistema de Pensiones cada trabajador es propietario único de una cuenta de ahorros a su nombre. En cada cuenta individual se registran los aportes que el trabajador y su empleador realiza mes a mes, así como la rentabilidad que se genera por la inversión de su dinero. Esta cuenta de ahorros tiene un fin especial: financiar exclusivamente el pago de pensiones para el afiliado o su grupo familiar, en caso de fallecimiento.
Adicionalmente, los empleadores contribuyen al financiamiento de la Cuenta de Garantía Solidaria (CGS), el cual es un fondo que se administra dentro del Sistema de Pensiones, con el objeto de servir de fuente de financiamiento de las pensiones mínimas, las pensiones por invalidez y sobrevivencia; y la vitalidad de las pensiones por vejez a partir del agotamiento del ahorro personal.
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- ¿Cómo se aumenta el saldo de las Cuentas Individuales de Ahorro?
A través de las cotizaciones mensuales que realiza el trabajador junto con el aporte de su empleador; y de la rentabilidad generada por la inversión de su ahorro.
El ahorro para pensiones también puede incrementar si el afiliado ahorra adicionalmente a través de una cuenta en un Fondo de Ahorro Previsional Voluntario (FAPV).
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- ¿Cómo se genera la rentabilidad y a quién pertenece?
Los ahorros de los trabajadores acumulados en sus cuentas se invierten en los instrumentos financieros que determina la ley para multiplicarlos en el tiempo. Todas las ganancias son registradas íntegramente y de forma diaria en las cuentas individuales de los afiliados. La Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) se encarga de supervisar la correcta inversión y posterior distribución proporcional de la rentabilidad generada.
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- ¿Quiénes tienen que ahorrar en el Sistema de Pensiones?
Todos los trabajadores que se encuentran empleados en el sector privado, público y municipal deben cotizar mensualmente al Sistema de Pensiones, incluyendo los que, estando pensionados, continúen como empleados. Los trabajadores independientes, o por cuenta propia, así como los salvadoreños en el exterior, pueden cotizar al Sistema de forma voluntaria.
La tasa de cotización vigente equivale al 16% del ingreso del trabajador.
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- ¿Cuáles prestaciones ofrece el Sistema de Pensiones?
El sistema de pensiones ofrece al afiliado:
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- Pensiones por vejez estables y de por vida, a partir de cuando alcance la edad legal de retiro (55 años mujeres, 60 hombres) si registra al menos 25 años de cotizaciones. Si no cumple con el tiempo mínimo de cotización, el afiliado tiene derecho a devolución de saldo o elegir entre Beneficio Económico Temporal (BET) o Beneficio Económico Permanente (BEP).
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- Pensiones por invalidez, cuando se comprueba que tiene una disminución en su capacidad de trabajo, debido a una enfermedad o accidente común. Su invalidez debe ser declarada por la Comisión Calificadora de Invalidez de la SSF.
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- Pensiones por sobrevivencia, entregadas a los miembros del grupo familiar del afiliado que tengan el derecho
de acuerdo con la Ley, cuando éste fallezca. Pueden ser su cónyuge/conviviente; hijos menores de edad y/o padres y madres económicamente dependientes.
- Pensiones por sobrevivencia, entregadas a los miembros del grupo familiar del afiliado que tengan el derecho
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- ¿Cómo se determina el monto de las pensiones?
Las pensiones de vejez se calculan con base en el saldo del ahorro que tiene acumulado el afiliado al momento de solicitarla. Las pensiones por invalidez se estiman como un porcentaje del promedio de salarios del afiliado y las pensiones por sobrevivencia se determinan según el tipo de beneficiario como porcentajes de la pensión de referencia del afiliado fallecido.
Para todas las pensiones que el Sistema ofrece, existe garantía de pago de pensión mínima, el cual es un valor establecido en la Ley, que garantiza que ningún afiliado o grupo familiar de beneficiarios puede recibir una pensión inferior a dicho valor.